
Solicitando las ayudas autonómicas y estatales
AYUDAS ESTATALES
PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR DESEMPLEO DEL COLECTIVO ARTÍSTICO NO AFECTADOS POR ERTE
Los integrantes del colectivo artístico adscritos al régimen general de la Seguridad Social como artistas, en inactividad por la crisis de la COVID19, podrán acceder a la prestación si tienen cubierto el periodo mínimo de cotización.
Se considerarán los periodos de inactividad como situación legal de desempleo. La manera de solicitarlo será a través de una de las vías ordinarias para la COVID-19:
🟣 Sede electrónica si dispone de certificado digital, DNIe o cl@ve
🟣 Formulario pre-solicitud disponible en Sede
🟣 Vía telefónica
SUBSIDIO DE DESEMPLEO EXCEPCIONAL PERSONAS EMPLEADAS DE HOGAR
¿Quién puede solicitarlo?
🟣 Personas dadas de alta como trabajadoras empleadas del hogar antes del estado de alarma, que por COVID-19 y tras el 14 de marzo, que hayan reducido su actividad total o parcialmente en uno o varios domicilios, o see hayan quedado sin empleo
¿Qué han de presentar?
📋 Modelo de Solicitud
📋 Si se ha visto reducida su actividad total o parcialmente en uno o varios domicilios presentar la Declaración Responsable de empleadores
📋 Si se han quedado sin empleo presentar la Carta de Despido o comunicación desistimiento o baja de la Seguridad Social.
¿Dónde presentar la solicitud?
📄 Cualquier oficina de asistencia en materia de registros
🏤 Oficinas de Correos
💻 Registro Electrónico General de la AGE y Sede Electrónica del SEPE.
Plazo de presentación
Hasta 1 mes después del fin del estado de alarma.
Más información en: http://sepe.es/HomeSepe/COVID-19/subsidio-extraordinario-personas-empleadas-hogar.html
SUBSIDIO DE DESEMPLEO EXCEPCIONAL POR FIN DE CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL
¿Quién puede solicitarlo?
Personas trabajadoras que han cesado de forma involuntaria a partir del 15 de marzo de 2020, en un contrato de al menos 2 meses de duración y que no tienen cotizaciones suficientes para ninguna prestación.
¿Cómo se solicita?
A través del formulario de pre-solicitud de prestación individual en Sede https://sede.sepe.gob.es/SolicPrestIndividualWeb/flows/solicitud?execution=e1s1 o presentando el formulario en una oficina de registro o correos.
Tendrán carácter provisional, pudiendo contactar el SEPE para completar la información en el número 900 81 24 00.
Plazo de presentación:
Hasta 1 mes después del fin del estado de alarma.
Más información en: http://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/subsidio-excepcional-fin-contrato-temporal.html
GUÍA PARA AYUDAS ESTATALES A AUTÓNOM@S
GUÍA DE TODAS LAS MEDIDAS SOCIALES ESTATALES
https://www.mscbs.gob.es/ssi/covid19/guia.htm
AYUDAS AUTONÓMICAS
GOBIERNO DE CANARIAS
COMEDOR CUOTA CERO
La consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias ha puesto a disposición de las familias una ayuda alimenticia al alumnado de centros educativos públicos con comedor cuota 0, en forma de tarjeta monedero con 120€ mensuales.
Las familias no deben rellenar ningún formulario. Los propios centros educativos se pondrán en contacto.
La Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud acaba de lanzar el Ingreso Canario de Emergencia, que se puede solicitar desde esta misma semana. Un compromiso con los canarios y canarias para evitar que nadie quede atrás y que en esta crisis que estamos viviendo, ningún hogar se quede sin ingresos.
INGRESO CANARIO DE EMERGENCIA (ICE)
Para pedirlo, solo tienes que llamar al 012 o entrar en la página web del Gobierno de Canarias, aunque también puedes tramitarlo a través de los servicios sociales del ayuntamiento del municipio en el que resides.
Recuerda que solo puede pedirlo un miembro de la unidad familiar, pero se beneficiará toda la vivienda. El que pida el ICE, será el titular y deberá ser mayor de 18 años, ser residente en Canarias y no haber tenido ningún ingreso o prestación desde el mes de marzo.
No es compatible con las prestaciones de desempleo, ERTEs o prestaciones a empleadas del hogar, pero sí con otras prestaciones como becas, ayudas por hijo a cargo o por cuidados en el entorno familiar.
AYUDAS AL ALQUILER POR COVID-19 GOBIERNO DE CANARIAS
El Gobierno de Canarias, a través de la Consejeria de Obras Públicas, Transportes y Vivienda, distribuirá 5,3 millones de euros para ayudar a las familias afectadas por el COVID-19 a pagar el alquiler.
El instituto Canario de la Vivienda se encargará de tramitar estas ayudas de manera telemática una vez se abra el plazo de presentación de solicitudes el día 8 de mayo.
Documentación a presentar
➡️ Copia completa del contrato de arrendamiento en vigor con inclusión del plazo y forma de pago.
➡️ Justificación de pago de las 3 últimas mensualidades.
Cuantía y duración
➡️ La cuantía de esta ayuda será de hasta un máximo de 900€ mensuales por familia.
➡️ El máximo de las ayudas podrá ser hasta del 100% del total de la renta de alquiler durante 6 meses.
Sitio web para la presentación de solicitudes de forma telemática:
https://sede.gobcan.es/vivienda/
AYUDA A AUTÓNOM@S PARA COMPLETAR LA PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR CESE DE ACTIVIDAD
El objeto de esta subvención es conceder a la persona trabajadora por cuenta propia residente en Canarias una ayuda adicional complementaria a la prestación extraordinaria por cese de actividad.
Condiciones
➡️ Estar afiliados y en alta, en la fecha de declaración del estado de alarma, en el RETA, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos Agrarios, en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, o en la Mutua correspondiente.
➡️ Haber causado baja en la actividad como consecuencia de la suspensión de ésta.
➡️ Haber sido reconocido por la Mutua colaboradora con la Seguridad Social correspondiente el derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma.
Requisitos
➡️ Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con la Seguridad Social.
➡️ Realizar su actividad empresarial o profesional y tener el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
➡️ Cumplir con las obligaciones establecidas con carácter general en el artículo 14 de la LGS.
➡️ Estar de alta de terceros en el Sistema de Gestión Económica y Financiera del Gobierno de Canarias.
Importe
➡️ La cuantía de la subvención se determinará aplicando el 30% a la base reguladora, calculada de conformidad con lo previsto en el artículo 339 de la Ley General de la Seguridad Social. Cuando no se acredite el período mínimo de cotización para tener derecho a la prestación, la cuantía de la prestación será equivalente al 30 por ciento de la base mínima de cotización.
Solicitud y plazo de presentación
➡️ La presentación de la solicitud se realizará obligatoriamente por la persona interesada, mediante sede electrónica.
📅 El plazo de presentación de solicitudes de estas subvenciones será de dos meses, desde la Convocatoria en el BOC: 6 de mayo.
Enlace para presentación telemática, donde puedes encontrar la documentación a presentar:
https://sede.gobcan.es/empleo/tramites/6393
📢 Más información en: https://bit.ly/3flI0vL
CABILDO DE TENERIFE
SUBVENCIÓN DIRECTA A AUTÓNOM@S Y MICROPYMES
Para apoyar a los autónom@s y MicroPYMES con hasta 5 personas trabajadoras empleadas y domicilio fiscal en Tenerife.
Condición
Continuar de alta en su actividad un mínimo de dos meses tras el otorgamiento de la subvención directa
Importe a conceder
1.000€ por beneficiari@
Plazo
Desde el día 21 de mayo hasta el 31 de octubre de 2020 o el agotamiento del crédito previsto en la convocatoria (4.300.000,00€)
Más información y requisitos
https://www.autonomosymicropymes.info/subvenciones
VIOLENCIA DE GÉNERO
PLANIFICA LA DESESCALADA DE LA VIOLENCIA EN EL HOGAR