Estatutos/Normas de funcionamiento

Este proyecto nace en La Orotava como herramienta para la participación ciudadana y la unidad popular (proyecto político inclusivo que aspira a sumar la mayoría de las voluntades populares existentes en el municipio). Con este fin aspiramos a recuperar la política para ponerla al servicio de las personas. Para ello hemos acordado constituirnos en un espacio socio-político autónomo asambleario e inclusivo, con principios de equidad y horizontalidad de participación ciudadana, y como una opción política electoral, cuya denominación social será ASAMBLEA POR LA OROTAVA y estará domiciliado en la Avenida de La Torrita, número 70, bajo. Nuestra página web es www.asambleaporlaorotava.org y el correo electrónico asambleaporlaorotava@gmail.com.

Nuestro ámbito de actuación será el municipio de La Orotava, sin obviar las problemáticas de la isla y de los municipios que integran o son adyacentes al propio Valle de La Orotava, que puedan influir en el desarrollo sociopolítico del mismo, y por ende, de nuestro propio municipio.

La marca de Asamblea por La Orotava, o imaginotipo, que encabeza estas normas, se compone de: un logotipo compuesto por dos tipografías diferentes distribuidas en dos niveles. La palabra ‘asamblea’ quiere representar nuestra vocación de sumar voluntades y ‘La Orotava’ el municipio al que queremos representar; y un isotipo, que es la parte simbólica o icónica de la representación gráfica de una marca. En nuestro caso, una espiral que recuerda a una pintadera en cuya parte superior se intuye la silueta del Teide, símbolo ya no de Tenerife o del Valle de La Orotava, sino del propio municipio de La Orotava. Remarca nuestro carácter municipalista.

El texto que a continuación se expone pretende ser un reglamento de funcionamiento que establezca una estructura organizativa de Asamblea por La Orotava, los derechos y deberes de las personas que la integran y, finalmente, las competencias de los órganos de participación y decisión. Es un documento en continua elaboración que puede ser modificado y/o ampliado a petición de la Asamblea o de sus órganos. Este Reglamento será público y estará a disposición de cualquier persona para su consulta.

1. NORMAS GENERALES

1.1 La Asamblea se organiza mediante la participación directa de las personas. Para ello, se fomentarán espacios presenciales de participación, pero también de todas aquellas herramientas de participación virtual que sean posible.

1.2. Requisitos para participar con voz: estar registrada/o como participante a título individual, ser mayor de 16 años así como respetar y acatar el Manifiesto, los Estatutos/Normas de funcionamiento y el Código Ético.

1.2.a Admisión: El registro deberá formalizarse por escrito, mediante la cumplimentación de la solicitud de registro, en la que se hará referencia a la aceptación del Código Ético, el Manifiesto y los Estatutos/Normas de funcionamiento. La Asamblea Permanente tendrá conocimiento permanente del listado de personas registradas como participantes.

1.2.b Se llevará un registro escrito o virtual de las personas registradas como participantes. Se designará a alguien responsable, o en su defecto a la Comisión de Garantías Democráticas, para custodiar este registro según establece la ley de protección de datos.

1.3 Son derechos de las personas registradas como participantes que participan en la organización:

a) Participar, en condiciones de igualdad y con plena libertad de expresión, en sus diversos órganos, así como tomar parte en sus decisiones y actividades.

b) Elegir a sus representantes y candidaturas a representación pública o, en los casos en que proceda, ser elegidas para ello.

c) Exigir el cumplimiento del Código Ético y de los Estatutos/Normas de funcionamiento. Dirigirse a los órganos de ASAMBLEA POR LA OROTAVA para demandar informes o presentar mociones de censura.

d) Ser respetadas en sus opiniones sociales y políticas, en sus creencias religiosas y en su opción de género.

e) Promover la impugnación de los acuerdos de los órganos de gobierno en caso de que existan circunstancias irregulares que lo justifiquen a través de la Comisión de Garantías Democráticas.

f) Recibir información puntual y precisa sobre las actividades y la composición de los órganos internos de ASAMBLEA POR LA OROTAVA, y cuantos otros derechos le correspondan como participantes de esta.

g) Ser oídas en cualquier expediente que contra ella se incoe o que la afecte.

h) Autorizar o denegar la utilización confidencial de sus datos personales y sólo para fines organizativos.

i) Abandonar a ASAMBLEA POR LA OROTAVA por decisión voluntaria.

1.4 Son deberes de las personas registradas como participantes que participan en la organización:

a) Participar, activa y voluntariamente, en condiciones de igualdad, en la organización política, así como tomar parte en sus decisiones y acuerdos, contribuyendo a lograr los objetivos.

b) Cumplir y respetar el Código Ético, el Manifiesto y los Estatutos/Normas de funcionamiento, así como los restantes acuerdos y decisiones.

c) Asumir, aceptar y contribuir al cumplimiento de las decisiones aprobadas por la Asamblea General y ejecutadas por la Asamblea Permanente.

d) Notificar los cambios en su situación personal que puedan afectar a la organización (teléfono, dirección, mail, etc.,).

e) Someterse a los procedimientos disciplinarios, previo expediente en el que se manifiestan todas las partes, que se establezcan en los Estatutos, los Estatutos/Normas de Funcionamiento y el Código Ético, incluidos los de expulsión por acuerdo adoptado por la Comisión de Garantías Democráticas y posteriormente ratificado por la Asamblea General. Mientras dure el expediente, la persona adscrita podrá quedar suspendida de derechos, a tenor de la gravedad de la posible infracción, salvo el de defensa de su expediente.

f) Tener y mantener un comportamiento público basado en principios éticos, así como respetar a todas las personas integrantes en el proyecto político y sus opiniones.

1.5 En ese sentido, se deberá cuidar con mucha atención la acogida y el trato que se les presta a las nuevas personas que se incorporan al proyecto (presentarlas, dedicar tiempo a explicar lo que se esté haciendo, etc.). Se dotará al proyecto de un protocolo de acogida y bienvenida para las personas que se vayan incorporando al proyecto.

1.6 Son derechos de las personas no registradas como participantes que participan en la organización:

Ser respetadas en sus opiniones sociales y políticas, en sus creencias religiosas y en su opción de género.

1.7 Son deberes de las personas no registradas como participantes que participan en la organización:

Cumplir y respetar el Manifiesto, el Código Ético y los Estatutos/Normas de funcionamiento, así como los restantes acuerdos y decisiones.

2. DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN Y DECISIÓN

ASAMBLEA POR LA OROTAVA se organiza y trabaja a través de los siguientes órganos:

1. Asamblea General: órgano de decisión máximo y soberano de la confluencia, encargado de la toma de decisiones y ratificación de propuesta de las comisiones y/o de la Asamblea Permanente. Aunque la Asamblea General es abierta, debe ser condición indispensable estar registrada/o como participante de para poder participar en los procesos internos y en las votaciones que tengan lugar. Para participar con voz, pero sin voto no será necesaria la inscripción.

2. Asamblea Permanente: lleva el día a día institucional y es la encargada de la preparación de las reuniones y el trabajo de coordinación de las comisiones y el apoyo a las personas con representación pública. Es la encargada de ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.

3. Comisiones de Trabajo: se encarga de la elaboración de diagnósticos y propuestas sectoriales.

4. Comité de Dirección y Coordinación: estará formado por un mínimo de tres personas y será el encargado de oficializar y elevar a público los documentos generados por la Coalición Electoral como el Acta de Constitución, petición del CIF, aperturas de cuentas bancarias, otorgar Poderes Bancarios que siempre serán mancomunados, etc.

5. Cuantos otros decida crear el Pleno de la Asamblea.

1. De la Asamblea General

1.1. La Asamblea General es el principal instrumento de participación. Es un espacio de protagonismo ciudadano en su ámbito territorial; un lugar de construcción de unidad popular, conformada a partir de la toma de decisiones conjunta y del trabajo colectivo. Es una agrupación voluntaria y abierta en la que convergen personas interesadas por una transformación social sustentada en el respeto por la democracia, la dignidad y los derechos humanos.

1.2. Es el máximo órgano de decisión y a ella corresponde plena soberanía respecto a todas las cuestiones de especial relevancia o cuantas decida atribuirse. Sus decisiones serán vinculantes y sólo podrán ser revocadas por ella misma.

1.3. Será convocada, al menos, cada seis meses. Dilucida las líneas a seguir en el ámbito municipal, tanto como organización como en el plano institucional. Deberá ser consultada con carácter preceptivo para todas las decisiones de relevancia (líneas estratégicas; composición de listas electorales; elaboración de programas; elección o revocación de cargos electos y de las personas que componen los órganos de dirección; aprobación o rechazo de pactos pre o post electorales; modificación de Estatutos/Normas de funcionamiento, Código Ético, Manifiesto o cualquier otro documento.

1.3.a. Quién puede convocar la Asamblea Plenaria: la Asamblea Permanente (mayoría simple de la misma) o el 10% de las personas registradas como participantes.

1.3.b. Quórum: Para que la Asamblea Plenaria pueda considerarse reunida y con capacidad decisoria, deberán estar presentes la mitad más uno de sus integrantes (registradas/os como participantes) o un mínimo del 10% de las personas registradas como participantes. En caso de falta de quórum, transcurrida media hora del momento de la convocatoria podrá considerarse constituida con las personas presentes en ese momento.

1.4. Orden del día: será elaborado por la Asamblea Permanente y deberán ser incluidos los puntos propuestos por los convocantes de la Asamblea y los propuestos por la Asamblea Permanente (si los hubiera). Será convocada y comunicada, con tiempo suficiente, y al menos con dos días de antelación. En el acta se recogerá el número de integrantes presentes, la fecha y la hora de principio y fin de reunión, así como los temas tratados y las decisiones acordadas, por consenso o votadas (en tal caso se reflejará el resultado de las votaciones).

1.5. Transparencia y participación: tanto las convocatorias como las actas de las Asambleas se harán públicas a través de las redes de comunicación disponibles por la organización.

1.6. Responsabilidades y tareas: en cada reunión se designarán las personas necesarias para llevar a cabo las tareas de dinamización de la Asamblea. Para las tareas que no requieran especial preparación, como son las funciones de moderación, toma de turnos de palabra y redacción del acta, se solicitará la participación de miembros de la Asamblea que serán propuestos y elegidos en la misma por quienes asistan, por consenso, y en su defecto por votación mayoritaria, intentando que no sean siempre las mismas personas, y haya rotación en dichos puestos. Para aquellas tareas que requieren preparación previa, se encargarán las personas designadas por la Asamblea Permanente.

1.7. Son funciones y competencias de la Asamblea:

a) Aprobar y modificar todos aquellos documentos de los que se ha dotado la Asamblea (Manifiesto, Código ético, Estatutos/Normas de Funcionamiento, etc.).

b) Establecer las medidas de políticas públicas que se proponen para el municipio.

c) Aprobar la forma jurídica en que la organización se presenta a las elecciones.

d) Aprobar sus candidaturas electorales paritarias mediante el proceso que se determine.

e) Aprobar o rechazar todo pacto o alianza pre o post electoral, así como cualquier tipo de acuerdo con organizaciones políticas o sociales.

f) Aprobar el Programa Electoral o cualquier documento, declaración, o decisión política de especial relevancia.

g) Elegir y revocar a las personas que representen a la Asamblea (portavoces, cargos internos e institucionales, si los hubiere).

h) Aprobar la rendición de cuentas y actas de Asambleas anteriores.

i) Estudiar y ratificar (o no) las propuestas realizadas por la Asamblea Permanente o de las Comisiones de Trabajo.

j) Cualesquiera otras que la propia Asamblea acuerde asumir.

1.8. Toma de decisiones

Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas asistentes y serán vinculantes para el conjunto de ASAMBLEA POR LA OROTAVA. Dicha votación se realizará siempre tras dar opción de argumentación a las diferentes opiniones o propuestas planteadas a un mismo punto, si las hubiere. En todos los casos se intentará alcanzar el consenso en la toma de acuerdos. Las cuestiones de especial relevancia, consideradas por la Asamblea, requerirán del apoyo de 2/3 de las personas asistentes.

3. DE LA ASAMBLEA PERMANENTE

3.1. Es un órgano colegiado y tendrá funciones ejecutivas respecto de las decisiones de la organización. También tendrá funciones de coordinación de las comisiones de trabajo, de decisión y gestión de las cuestiones cotidianas y las consideradas urgentes, siempre bajo los criterios de la Asamblea Plenaria, ante la que rendirá cuentas.

3.2. La componen personas registradas como participantes y que libremente deciden trabajar en ella. Es un grupo abierto de adhesión libre, es decir, cualquier miembro de la Asamblea puede participar cuando lo desee. Asimismo, también es posible que el compromiso sea momentáneo, pudiendo cualquier persona dejar de participar si así lo desea.

3.3. La Asamblea Permanente se reunirá de manera ordinaria cada quince días. En cada encuentro de este órgano se fijará la fecha de la siguiente reunión y se publicitará mediante su publicación en los distintos medios de difusión disponibles de la organización.

3.4. En cada reunión se designarán las personas necesarias para llevar a cabo las tareas de dinamización de la Asamblea. Para las tareas que no requieran preparación, como son las funciones de moderador/a, toma de turnos de palabra y redacción del acta, se solicitará participación de miembros de la Asamblea, para fomentar la participación e implicación de más personas. Se priorizará que las diferentes tareas y responsabilidades que se designen sean rotativas para, igual que en el apartado anterior, fomentar la participación e implicación del mayor número de personas, así como para visibilizar la Asamblea Permanente como un órgano plural y con diferentes personas de referencia.

3.5. Tomará sus acuerdos por consenso o, si no es posible, por mayoría absoluta de los asistentes en casos de especial relevancia, y por mayoría simple en cuestiones cotidianas, siempre que las abstenciones no la superen.

3.6. Tendrá capacidad de propuesta ante la Asamblea General y de convocar y elaborar el orden del día de las Asambleas:

a) El orden del día, con las diferentes propuestas, junto con el acta de la anterior reunión, se publicará en la web de ASAMBLEA POR LA OROTAVA, a poder ser con una antelación mínima de 48 horas, adjuntando toda la documentación precisa para proceder a su estudio y posterior debate.

b) Cualquier persona podrá solicitar la incorporación de nuevos puntos en el orden del día con una antelación mínima de 48 horas. Y de manera excepcional en la misma celebración de la Asamblea, y siendo necesaria en todo caso para su incorporación la aprobación de una mayoría simple de la misma.

c) Se encargará de preparar la metodología para el funcionamiento de las reuniones de la Asamblea, así como de proponer y presentar para el debate los documentos necesarios para cada punto del orden del día.

d) En las reuniones de la Asamblea solicitará colaboración a las personas asistentes para algunas tareas de dinamización que no requieren preparación previa (moderador/a, toma de turnos de palabra, redacción del acta, etc.) y propondrá, en caso de que no haya personas voluntarias, a personas de la propia Asamblea Permanente que se harán cargo de estas tareas.

e) Se hará cargo de que se lea el acta de la reunión anterior en cada Asamblea y tomar nota de los acuerdos. A estas actas y acuerdos se les dará difusión pública.

3.7. Propondrá a la Asamblea la creación de las Comisiones de Trabajo que se consideren necesarias, y las personas que actuarán como coordinadoras y dinamizadoras en las mismas.

3.8. Hará seguimiento de las Comisiones de Trabajo para supervisar que existe una continuidad en los acuerdos tomados.

3.9. Organizará actividades concretas, especialmente aquellas referidas a la formación.

3.10. Se encargará de todas aquellas otras funciones que la Asamblea acuerde encomendarle.

4. COMITÉ DE DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN

Estará formado por un mínimo de tres personas y será el encargado de la representación legal de la misma, así como de oficializar y elevar a público los documentos generados por la Coalición Electoral como el Acta de Constitución, petición del CIF, aperturas de cuentas bancarias, otorgar Poderes Bancarios que siempre serán mancomunados, relación con el Tribunal de Cuentas, Ministerio del Interior, Juntas Electorales, etc.

5. DE LA COMISIONES DE TRABAJO

5.1. Se designará una persona dinamizadora que, en principio, pertenecerá a la Asamblea Permanente, pero con la intención de que esta función sea rotatoria. Esta figura se encargará, básicamente, de plantear la metodología para trabajar los temas que surjan de la mesa, moderar y realizar el acta de la reunión, funciones para las que podrá ser ayudada por otras personas.

5.2. Se reúne por petición de quienes componen la misma. Los encuentros de estas comisiones de trabajo se convocarán a través de la página web.

5.3. Funciones de las Comisiones de Trabajo:

a) Hacer un diagnóstico general de las áreas de trabajo. Las Comisiones de Trabajo se podrán ayudar de personas expertas ajenas a la Asamblea (personas implicadas en los asuntos a tratar, expertas en la materia, etc.).

b) Estudiar y elaborar propuestas sobre los temas que se le encomiende, o que decidan tratar por ser de interés.

c) Remitir toda la información y presentar las propuestas que surjan para que sean ratificadas en Asamblea.

d) Organizar acciones concretas dentro de su ámbito.

e) Todas aquellas otras funciones que la Asamblea acuerde encomendar.

5.4. Se establecen como Comisiones de Trabajo Permanentes: 

i) Comisión de Finanzas

Funciones:

a) Venta de merchandising web y presencial.

b) Organización de fiestas.

c) Proposición de nuevas formas de financiación.

d) Proveedores.

e) Desplazamientos y alojamientos.

f) Alquileres (materiales, equipos, vehículos, etc.).

g) Caja y contabilidad.

h) Recogerá las propuestas referentes a finanzas procedentes de la Asamblea y del foro online de finanzas.

i) Trasladará la información sobre las fechas de sus reuniones al grupo de trabajo de Comunicación y redes para su ubicación en el cronograma creado al respecto.

j) Las propuestas recogidas en la Asamblea se trasladarán al foro online para su debate hasta la siguiente Asamblea, en la que se continuará con él, utilizando este mecanismo hasta conseguir consenso y aprobación de la propuesta por parte de la Asamblea.

ii) Comisión de Garantías Democráticas.

a) Las personas integrantes de esta Comisión deberán estar registradas como participantes en ASAMBLEA POR LA OROTAVA.

b) Velará por el cumplimiento del Código Ético, las Normas de Funcionamiento, el programa electoral, los acuerdos tomados, y el buen funcionamiento de los órganos internos.

c) Sus sesiones serán cerradas, actuará de oficio o a solicitud de parte, y resolverá mediante mayoría absoluta.

d) Sus decisiones serán elevadas como propuesta a la Asamblea Plenaria.

e) La Comisión de Garantías Democráticas se ha de dotar de un Reglamento específico.


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